viernes, 8 de abril de 2011

Miembros fundadores

MIEMBROS FUNDADORES. JUNTA CONSTITUYENTE.-





PRESIDENTE

 D. Germán Ramón Inclán Méndez.

Colegiado nº 1.185 en el Ilustre Colegio de Abogados de Gijón.
Año de Colegiación: 1990
Email: germanramon@bufeteinclanmendez.es
Ostenta el cargo de vicepresidente de la Asociación el Patio de mi Colegio de Gijón.







VICEPRESIDENTE


D. Manuel de la Torre Martín.
Colegiado nº 2.860 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.
Año de Colegiación: 1989
Email: mdelatorre.abogado@gmail.com
Ostenta el cargo de Presidente de la Asociación Foro de Abogados Independientes de Granada.








SECRETARIO


D. Ángel Francisco Llamas Luengo.
Colegiado nº 2.896 en el Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henares.
Año de Colegiación: 1991
Email: 2896@icaah.com











TESORERO


D. Guillermo Pedro Gómez y Jené.
Colegiado nº 18.782 en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.
Año de Colegiación: 1992.
Email: guillemgomez@miabogado.eu
Es miembro de la asociación de carácter nacional "OtrosíDigo".





VOCAL PRIMERO.-

Dña Ana Mónica San Román Fernández.
Colegiada nº 2.209 en el Ilustre Colegio de Abogados de Cantabria.
Año de Colegiación: 1994.
Email:




VOCAL SEGUNDO


D. Alfredo Jesús Povedano Molina.
Colegiado nº 3020 en el Ilustre Colegio de Abogados de Córdoba.
Año de Colegiación: 1998.
Email: alpovedanomolina@icacordoba.es









VOCAL TERCERO




D. Alberto Verón Izquierdo.
Colegiado nº 1991 en el Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza.
Año de Colegiación: 1984.
Email: veronabogados@terra.es








         VOCAL CUARTA


Dña Isabel Varela Álvarez.
Colegiada nº 1532 en el Ilustre Colegio de Abogados de Gijón.
Año de Colegiación: 1994
Email: iva1532@colegiados.icagijon.es
Miembro de la Asociación el Patio de mi Colegio de Gijón.

lunes, 28 de marzo de 2011

La abogacía del Estado y la abogacía de oficio

De un modo lo más ameno posible, voy a tratar de narrarles la historia real de dos abogados al servicio de la Administración y de los administrados: el abogado del Estado, aquel al que, una inspirada madrina, bautizó como el "clase A", y el pobre abogado designado en Turno de Oficio, sin bautizar, por falta de padrinos.

Pues bien, entrando en materia, un buen día el servidor fiel de los administrados, el pobre abogado de oficio, defensor vapuleado, se encontró con que, condenado en costas su cliente, el regio abogado del Estado, su contrario, tal vez pretendiendo que su jefe no le rebajara la nómina, con ese 5% con el que amenazaba, sin pensárselo dos veces, vio la fórmula rápida de enriquecer las arcas de la Administración mediante una tasación de costas a base de confeccionar su minuta siguiendo su libre albedrío.

De este modo el bueno del abogado del Estado, tan encopetado como ustedes quieran imaginárselo, se puso a tejer su minuta de honorarios del abogado del Estado. Suponemos, aunque no tenemos tal certeza, que lo primero que hizo el susodicho fue examinar la normativa previa que le habilitaba para confeccionar tan singular minuta. Presuponemos, también, que lo único en vigor y publicado que a tal fin encontró, fueron los módulos y bases de compensación económica de los baremos que remuneran a los abogados que prestamos servicios de asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la comunidad autónoma de Galicia, ya que se publican en el DOG (porque esta historia sucedió en Galicia, pero podía haber sucedido en cualquier otra comunidad autónoma).

Ni que decir tiene que debió de parecerle, al del Estado, de tal escandalosa indignidad valorar sus dos líneas, en las que muy dignamente expresaba su oposición a la interposición del recurso de apelación interpuesto por el incansable defensor de oficio del pobre administrado, en tales miserables y cutres módulos y bases de compensación con los que la Administración retribuye los salarios por los servicios del de oficio, que el abogado del Estado prefirió decantarse (ante la carencia de la preceptiva sujeción a norma previa que le habilitase para la exacción de tal concreto importe) no ya por aplicar el criterio de la reclamación de una mensualidad de su sueldo, la parte proporcional del mismo en atención al número de horas invertido en el recurso, o bien, en virtud de los principios de seguridad jurídica, de legalidad y de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, el del deber y respeto en su actuación a los principios de buena fe y confianza legítima o el del no enriquecimiento injusto, inclinarse por el de la prueba de que esos sean los honorarios que efectivamente le han sido abonados por su cliente (la Administración), o de que sus honorarios se ajusten al precio medio de mercado, sin tener que recurrir a usos y costumbres que no le son propios; sino que prefirió nada más y nada menos que decantarse por el más ajustado baremo de honorarios de los colegios de abogados de Galicia (¡ay que va a ser que cierta ley les obligó a suspenderlos!, pero también es verdad, a los abogados del Estado, las normas colegiales, tampoco le son de aplicación, ya que no son abogados colegiados, las cosas como son).

Todo ello pese a que, como es sabido de todos, mientras los principios sobre los que se asienta el ejercicio de la abogacía regulada por el Real Decreto 658/2001, del Estatuto General de la Abogacía, son la libertad y la independencia, la Abogacía del Estado tiene una dependencia jerárquica y funcional, tal como se establece en la Ley 52/1997, de Asistencia Jurídica al Estado. Además se encuentra sometida al imperio de la norma previa, de tal forma que su actuación viene dirigida por la existencia de una norma previa que la ampare en sus actuaciones.

Por lo tanto, nos encontramos ante dos formas muy diferentes y diferenciadas, ante dos conceptos completamente distintos, de ejercicio profesional en el campo de la asistencia y asesoría jurídica; que, jamás, deben de confundirse, so pena de atentar contra el interés común, dado que el ejercicio de la profesión de abogado bajo los principios de libertad e independencia, no solo es una pieza clave en la sociedad civil organizada, sino el eslabón fundamental para la pervivencia de los derechos civiles y el control de posibles injerencias indeseables o nocivas, en tales Derechos, de aquellos afectados por su deber de sometimiento a dependencias jerárquicas y funcionales que rigen su actuación profesional.

Continuando con la narración de la historia digamos que el abnegado abogado de oficio decidió enfrentarse al no colegiado abogado del Estado y, cual Quijote del Derecho, al recordar aquellos cuentos que le habían contado, acerca del acto administrativo, en la Facultad de Derecho, procedió a desempolvar los pesados manuales del Derecho Administrativo y examinando con lupa la presunta minuta del abogado del Estado, la halló, el de oficio, que incumplía, de manera escandalosa, los requisitos de validez de un acto administrativo y así se lo hizo saber a la sala repasando, entre otras alegaciones y consideraciones procesales, uno por uno los requisitos de dicho acto, es decir, uno, que sea ajustado a Derecho, porque la Administración no puede inventarse actos administrativos no previstos en el ordenamiento jurídico y si no existe norma donde se prevea la minuta del abogado del Estado, tal minuta incumple el requisito de la tipicidad del acto administrativo, y si la norma no crea y regula tal figura el contenido de dicha minuta menos puede ajustarse a la legalidad material; dos, que sea determinado y posible: si tenemos en cuenta que el abogado del Estado se remite a un baremo colegial en suspenso, habrá que concluir que la minuta del abogado del Estado incumple estos requisitos para su viabilidad práctica; tres, adecuación al fin.

Clara es la divergencia entre la finalidad del acto y la de la potestad, ya que calculando las costas en un baremo en suspenso pretender que le sean abonadas o pretender que el administrado adivine si están bien o mal calculadas es mucho pretender, y si atendemos a la finalidad intrínseca, huelga hablar del tema en la totalidad de las concesiones del beneficio de justicia gratuita, agravadas, más si cabe, en supuestos de expedientes de extranjería con orden de expulsión, porque, en este último supuesto, aunque el beneficiario llegara a mayor fortuna en plazo, el coste de la reclamación supondría pérdidas para las arcas de la Administración, y sí que nos van a salir antieconómicas y gravosas, sobre todo para la administración de justicia, las cuentas del abogado del Estado; y, cuatro, en cuanto los principios de proporcionalidad y pro libertate imponen a la Administración, cuando tiene la posibilidad legal de optar entre varias medidas alternativas para conseguir el fin del acto, la necesidad de elegir el menos restrictivo de la libertad individual, bien pudo el letrado abogado del Estado decantarse por los módulos y bases de compensación económica del baremo que remunera a los abogados de oficio, publicados en el DOG, menos gravosos para el administrado, aunque, ciertamente, menos lucrativos para la Administración, con lo que, además, se evitaría dar a entender agravios innecesarios, como el que la propia Abogacía del Estado reconoce que los abogados de oficio son explotados por la propia Administración, o que si te llamas Xan, Perillán o Roque paga lo que te toque, no vaya a ser que le impongan las costas de nuevo y, otra vez, la Administración a recaudar a su costa para pagar despilfarros y esta vez a saber que baremo le aplica.

Todo esto y otras consideraciones se las hizo saber, el abogado de oficio, a la sala pertinente de nuestras más altas instancias judiciales, y ésta, como no podía ser de otra manera, resolvió con prontitud la cuestión, con firmeza, contundentemente y de un plumazo; y en su firme resolución también falló, como no esperábamos menos, "que la minuta del abogado del Estado no constituye estricto sensu un acto administrativo...".

Y aunque al pobre abogado de oficio, en sus dos vertientes de administrado y defensor del administrado, les den pavor, las que ahora estricto sensu, podrían denominarse minutas polstergeist de los abogados del Estado, no le importaría en absoluto que la Administración, aún recurriendo, valga la redundancia, a lo paranormal, al más allá y a la parapsicología, en un acto de justicia, le pegara el susto de su vida, retribuyéndole al de oficio, el salario por sus servicios, con una de esas minutas que teje el abogado del Estado para susto del pobre administrado que cae en sus redes después de una eventual condena en costas.

ROSARIO NOVOA AMARELLE
ABOGADA DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO EN EL PARTIDO JUDICIAL DE A CORUÑA

miércoles, 23 de marzo de 2011

LOS ABOGADOS EXIGIMOS ACCESO AL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO

Ese es el título del comunicado hecho público por el Colegio de Abogados de Málaga y que aparece en su página web: icamalaga

Con noticias como esta hay que quitarse el sombrero ante la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Málaga, pero es inevitable a renglón seguido hacer la siguiente reflexión: ¿tan difícil es que los Decanos de todos los Colegios de Abogados de España se pongan de acuerdo para tomar medidas conjuntas?
Sería conveniente que el día 30 TODOS apoyáramos la medida acordada por el Colegio de Málaga con concentraciones en los edificios judiciales de nuestros respectivos partidos judiciales.

lunes, 21 de marzo de 2011

ABOGADOS, ADMINISTRATIVOS E INSPECTORES DE HACIENDA. MAS POR MENOS.

         A ningún compañero que esté en el turno de oficio le sonará nada a nuevo. Nuestras quejas y nuestros problemas son los mismos que vosotros tenéis y que continuamente son motivo de conversación cuando nos juntamos esperando un juicio o cuando coincidimos varios abogados. Evidentemente cada vez hay más peculiaridades derivadas de las distintas legislaciones autonómicas con competencia en la materia, y si me apuráis incluso de la práctica que lleva a cabo cada Colegio de Abogados, pero existen y son patentes unos problemas  comunes para todos nosotros.

         Los abogados de oficio que ejercemos en el turno penal hemos visto como, de forma paulatina, se nos han ido imponiendo verdaderas obligaciones en relación con la labor administrativa de tramitación de las solicitudes de justicia gratuita que exceden claramente del ámbito de nuestro deber de defensa. A través de sucesivas reformas legislativas y de prácticas colegiales se han ampliado nuestras “funciones” y se han convertido en verdaderas obligaciones con importantes consecuencias. De ser abogados que defendían al detenido o imputado hemos pasado por el mismo precio, bien barato por cierto, a ser también administrativos que debemos ocuparnos personalmente de que firmen la correspondiente solicitud de justicia gratuita y de recabar del justiciable los datos fiscales, económicos y familiares, como si de inspectores de hacienda se tratase, para que nos los traigan y que nosotros mismos los llevemos al Colegio de Abogados.  Y si no nos los aportan, cosa que sucede muy frecuentemente ya que en muchas ocasiones no volvemos a ver al cliente  hasta el día del juicio y a veces ni siquiera entonces, o simplemente estos no traen ningún documento por los motivos que fueren, se nos solicita  un “informe” sobre su situación patrimonial, laboral y familiar con la valoración que al Abogado le merece la concreta situación del interesado a efectos del reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

          Desde la CEAT  reivindicamos que no se nos imponga más labor a los abogados que la propia de la defensa, que entendemos debe ser la única que constituya nuestra parte en este asunto. No es de recibo que tengamos que ir detrás del cliente reclamándole documentos y haciendo nosotros las gestiones para el reconocimiento del derecho y de investigación de patrimonio imponiéndonos unas obligaciones administrativas que hacen pesar sobre nuestros ya sobrecargados hombros la prueba de la insuficiencia de medios. Esos datos deben ser solicitados y recabados por la correspondiente administración pública que va a reconocer el derecho a la justicia gratuita que, además y paradójicamente, en los tiempos que corren ya tiene a su disposición prácticamente toda la información que solicita.

         De igual forma es inaceptable y mucho más grave que un abogado de oficio se quede sin cobrar por su trabajo cuando al justiciable se le deniega el beneficio de justicia gratuita, lo cual ha sucedido y sucede muy frecuentemente. Es cierto que la ley deja el recurso de cobrar al cliente, pero todos sabemos que eso resulta imposible cuando se le ha denegado la justicia gratuita por insuficiencia de documentación y también suele serlo en el resto de los casos. Entendemos que la Administración en todo caso debe pagar al Abogado su trabajo y después repercutir contra el justiciable a quien se ha denegado el derecho por no reunir los requisitos.
                       
Mónica San Román Fernández
Colegiada 2.209 de ICA Cantabria

lunes, 14 de marzo de 2011

PROCURA POR TUS INTERESES, NADIE LO HARÁ POR TI.

ISLAS BALEARES.- Los abogados de oficio protestan por el retraso en el cobro de las guardias.-1/02/2009

CIUDAD REAL.- El Turno de oficio la “justicia gratuita” para el Ministerio.- Los de Ciudad Real llevan ya seis meses sin cobrar, es decir, todo su trabajo desde que comenzó el año todavía no ha sido remunerado.-12/07/2009.-

VALENCIA.- Unos 200 abogados protestan por el impago de sus servicios por parte de la Generalitat Concentración de letrados en Valencia por "la dignidad del turno de oficio.-16/12/2009

ARAGÓN.- Los abogados del turno de oficio no han cobrado ni un servicio este año..-10/08/2010

CANARIAS.- Los abogados del Turno de Oficio sólo han cobrado un trimestre este año.- 28 /10/ 2010

GALICIA.- La Xunta adeuda a los abogados del turno de oficio las retribuciones.- Los colegios de Ourense, Pontevedra y A Coruña no han cobrado nada del segundo semestre de 2010.-29/01/2011

CATALUÑA. Justicia se escuda en la crisis para reducir los gastos del turno de oficio.- 17/02/2011

Todo ello son titulares de la prensa, hechos en los que se pone de manifiesto que ese hecho, el impago, no es nuevo. Aunque nos lo vendan como una consecuencia de la crisis económica, la realidad, que es tozuda, se impone: es la consecuencia del modo de actuar de los poderes públicos y de la omisión de quienes dicen representarnos.

Solos, prácticamente siempre estamos solos y por ello hemos de ser nosotros, los Abogados del Turno de Oficio, quienes personalmente procuremos por nuestra dignidad profesional. Nadie lo hace por nosotros: a los hechos me remito.

Hay que terminar con las formas de actuar y con las personales omisiones que solo nos perjudican y que benefician –bien lo saben- a quienes siguen considerando al Abogado que presta el servicio público del Turno de Oficio como el peón del peón del siglo XXI.

Para terminar con los abusos de los poderes públicos no podremos contar con los entes corporativos de la abogacía -los hechos así nos lo demuestran- pues esas instituciones han decidido que antes que defendernos han de procurar por los intereses “del justiciable” como si éste no tuviera como garante de sus derechos al Estado mismo.

Es la hora de dejarnos de individualismos. Los Abogados del Turno de Oficio nos perjudicamos cuando cada uno va a la suya, cuando no apoyamos, las justas reivindicaciones de quienes solo persiguen dignificar al Abogado del Turno de Oficio. Nos perjudicamos cuando, sabiendo que el CGAE, los C. A. de Colegios de Abogados y los I. Colegios de Abogados nada hacen, no arrimamos el hombro y no nos unimos a quien lucha y procura –factum non verba- por el Abogado del Turno de Oficio.

Hemos de unirnos y abandonar ese mal entendido individualismo: ahora porque ahora es el momento.

Con esa idea, en pro de la dignificación del Abogado del Turno de Oficio, la CEAT ha puesto en marcha el II Congreso de Abogados del Turno de Oficio: de los Abogados del Turno de Oficio para los Abogados del Turno de Oficio. Ese es el lugar y el momento para lograr la cohesión que nos falta.

http://catcordoba2011.blogspot.com/.

Esta corriente empezó reuniendo, en Gijón, a más de cien compañeros de toda la geografía, de ti depende su fuerza.

GUILLERMO PEDRO GÓMEZ Y JENÉ
Col. 18.782 - ICA Barcelona,
Col. 1.370.- ICA Girona.
Miembro de la Asociación Nacional "OTROSÍDIGO".

sábado, 5 de marzo de 2011

INFORMACION CONCENTRACION 28-2-2011 EN MADRID

El pasado 28/2/2011 hubo una concentración de abogados ante la sede de la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid, en la madrileña Puerta del Sol.

A ella asistieron un nutrido grupo de abogados y, como no podía ser de otra forma, la CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO (CEAT) estuvo presente de forma activa a través de la ASOCIACIÓN DE COLEGIADOS DE ALCALA DE HENARES DEL TURNO DE OFICIO (ACATO), como se refleja en las fotografías.

Cabe resaltar además la presencia en la concentración del Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid D. Antonio Hernández Gil en apoyo de las reivindicaciones de los abogados que prestan el Turno de Oficio, no pudiéndose decir lo mismo del Decano del Colegio de Abogados de Alcalá de Henares ni del resto de su Junta de Gobierno, quienes no participaron en la misma ni la apoyaron simbólicamente al menos con su presencia. 

La situación del Turno de Oficio en la Comunidad de Madrid es bastante grave pues, aunque pueda parecer aliviada con los pagos que se han realizado en este inicio del año a raíz de las primeras reivindicaciones realizadas por los abogados, ello no es así porque lo único que hacen es pagar de forma parcial las retribuciones del año 2010 sin que se garantice de ninguna forma las pendientes del pasado ejercicio ni se haya dado información alguna de lo que va a ocurrir en este año.

Dada esa grave situación, las distintas asociaciones, entre las que se encuentra la Confederación a través de ACATO, han solicitado reunirse de forma inmediata con el Consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid a los efectos de tratar todas las reivindicaciones en defensa de la prestación del Turno de Oficio por el abogado de forma que se garanticen no sólo sus derechos, sino también el derecho fundamental de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva de los jueces y tribunales reconocido por nuestra Carta Magna, estando a la espera de ser convocados en breve plazo. 

Asimismo, desde la Confederación y ACATO se está intentando también la vinculación de los órganos de la abogacía madrileña (Colegio de Abogados y Consejo Autonómico de Colegios de Abogados) en la defensa de las justas reivindicaciones de los abogados que venimos prestando día a día el servicio público de la asistencia al detenido y el turno de oficio, así como la concienciación del abogado individual en la defensa de sus derechos.

Esperemos que pronto podamos comunicar los resultados positivos que merecen nuestras justas reivindicaciones.

Ángel Francisco Llamas Luengo
Colegiado 2.896 de Alcalá de Henares
y 46.603 de Madrid. 

viernes, 25 de febrero de 2011

LA CEAT CON LOS COMPAÑEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

COMUNICADO OFICIAL DE LA CEAT

                La Junta Constituyente de la Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuíta (CEAT) quiere mostrar públicamente su apoyo absoluto y sin fisuras a las organizaciones hermanas y a los compañeros madrileños que en general están llamados a una concentración para el próximo día 28 de Febrero de los corrientes, a las 13.30 h, en la Puerta del Sol de la capital de España, con motivo de sus justas reivindicaciones en relación a los impagos sufridos por causa de la Administración y a la situación endémica generada por la regulación actual del Turno de Oficio.

                Entendemos que la situación hoy por hoy de los Abogados que desempeñan su labor en el Turno de Oficio en la Comunidad de Madrid (como la de los que lo prestamos en otros lugares de España) no admite pasteleos, componendas ni paños calientes. Hasta aquí se ha llegado y de aquí no se puede pasar ni se puede transigir por más tiempo. Es procedente gritar un ¡Basta Ya! también en nuestro caso.

                La Abogacía madrileña, al igual que la abogacía española en su conjunto, ha demostrado durante decenios una paciencia franciscana que ha llegado a rayar en la desidia para defender nuestros propios intereses, y bueno es que de una vez por todas surja un frente común, al que esta Confederación se une sin ambages, para luchar por los intereses profesionales que nos son propios y para implicar a todos los Abogados en una dirección única.
                Aprovechamos también esta ocasión para congratularnos de que el propio Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, con su Decano al frente, se sume a estas movilizaciones y preste su apoyo a los compañeros que vienen sufriendo, día a día, el desprecio y la humillación hacia unos profesionales que son quienes han venido garantizando hasta ahora la pervivencia de un servicio público reconocido en la Constitución en favor de los más desfavorecidos económicamente de nuestra sociedad.

                Ese es el camino. Esa debe ser la tónica a seguir siempre y en todo momento, al margen de diferencias de matiz que, legítimamente, cada compañero y cada organización que luchamos por un Turno de Oficio mejor, podamos sostener puntualmente.

                Desde aquí animamos a todos los compañeros de la Comunidad de Madrid, de los dos Colegios hermanos de Madrid y de Alcalá de Henares, a que, demostrando la unidad fraternal de todos los Abogados que prestan el Turno de Oficio, de todas las organizaciones que estamos involucrados en esta lucha, y de toda la Abogacía española en su conjunto, acudan y participen civilizadamente en la concentración convocada para este próximo Lunes día 28 en la Puerta del Sol de Madrid, sin caer en las provocaciones que sectores significados del poder puedan llegar a cometer sobre los compañeros concentrados.

Junta Constituyente CEAT

jueves, 24 de febrero de 2011

ASOCIACIONES PROFESIONALES DE ABOGADOS


Todavía son muchos los Abogados que ven con recelo las Asociaciones Profesionales de Abogados que se han venido creando en los últimos tiempos a lo largo y ancho de la geografía española, y las razones son de lo más variopintas.
En algunos casos se dice que tenemos a los Colegios de Abogados que son los legítimos defensores de los intereses de la profesión y ven a las Asociaciones como una amenaza contra la propia existencia de los Colegios. Y nada más lejos de la realidad, ya que no les falta razón en cuanto a los que tendrían que ser los objetivos de los Colegios de Abogados, pero desgraciadamente no quieren abrir los ojos y ver que la teoría va por un camino y la práctica va por otro, en tanto en cuanto hoy por hoy las corporaciones colegiales, los consejos autonómicos y el Consejo General están muy lejos de abanderar los verdaderos intereses de la Abogacía como colectivo, estando sus órganos de gobierno sumidos en una nube inalcanzable para el Abogado de a pie o de infantería.
Otros ven a esas Asociaciones como un instrumento más, inútil e inservible, y que sólo sirven para pagar otra cuota más y punto, como si fuesen un segundo Colegio y, por lo tanto, piensan que para pagos inútiles ya tienen suficiente con el que realizan a los Colegios de Abogados. Estos Abogados, a diferencia de los anteriores, suelen tener una visión crítica de los Colegios de Abogados por la falta de defensa de sus intereses, pero no hacen nada por exigirles que canalicen sus reivindicaciones.
Y por último, también están los Abogados que ven los Colegios como unas instituciones caducas pero que se ven obligados a pertenecer a ellas por imposición legal, pagando religiosamente sus cuotas a los sólos efectos de poder ejercer la profesión dentro de marco legalmente establecido, por lo que no les interesa lo más mínimo la actividad colegial y, menos aun, las Asociaciones que se puedan crear.
Sin embargo, los que sí creemos firmemente en las Asociaciones Profesionales de Abogados estamos firmemente convencidos que hoy por hoy deben existir por la paulatina y progresiva dejación de funciones y alejamiento de los objetivos que le son propios a las instituciones teóricamente representativas de la profesión. Efectivamente, los Colegios de Abogados, sus Consejos Autonómicos y el Consejo General de la Abogacía se han convertidos en instrumentos afines al poder político de turno y “garantes” de los derechos de los justiciables, olvidando al colectivo al que se deben y que les da sentido, razón por la cual entiendo han ido proliferando las Asociaciones Profesionales de Abogados en los últimos tiempos en España.
En la actualidad las Asociaciones Profesionales de Abogados, y mientras los Colegios y demás entes corporativos mantengan su actual posición, son el único instrumento válido y eficaz para la defensa de los intereses profesionales con plenas garantías de independencia; si bien, para ello, nuestro colectivo profesional ha de tomar conciencia de que la única forma de hacerse valer frente a la Administración y frente a la sociedad en general es uniéndose y romper con el individualismo que nos caracteriza y que tanto daño nos está causando, de manera que alcancen una representatividad importante. Por ello animo a cuantos Compañeros tengan inquietudes por mejorar nuestra situación profesional en cuanto se refiere a las precarias condiciones de prestación del servicio del Turno de Oficio a que se inscriban en la Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita (C.E.A.T.), bien a título individual, bien a través de alguna de las Asociaciones que la integran, una de las cuales tengo el honor de presidir.
MANUEL DE LA TORRE MARTIN
Col.: 2.860-ICAGR
Presidente FORO DE ABOGADOS INDEPENDIENTES DE GRANADA
Vicepresidente C.E.A.T.

domingo, 20 de febrero de 2011

INDEPENDIENTES, SÍ; BELIGERANTES, TAMBIÉN.


-       INDEPENDIENTES, SÍ; BELIGERANTES, TAMBIÉN -

               Nunca hasta hace relativamente poco tiempo se había hablado en los pasillos de los Juzgados españoles, como en la calle, como en los medios de comunicación, como en los propios mentideros políticos, de la Justicia Gratuita. Nunca. Y no lo hacen discutiendo legítimamente sobre las distintas posibilidades que ofrece la ineludible reforma de un sistema que a todo el mundo se le antoja superado por los tiempos después de más de 30 años de vigencia de la Constitución. Por primera vez muchos ciudadanos comienzan a oír de los Abogados de Oficio y no sólo quien solicita la prestación de este servicio público sino el más común de los ciudadanos escucha, oye y ve lo que ocurre en torno a esa extraña especie de profesionales que nos defienden gratis total porque para eso "a Vd. le paga el Estado", que suelen decir…

               Como decía el clásico, que hablen de uno, aunque sea bien.

               Y es que hay que hablar de la Asistencia Jurídica Gratuíta en España. Del Turno de Oficio. De los Abogados de Oficio. De ese servicio público que consagra el art. 119 de la Constitución y que nos han enjaretado a nuestro colectivo profesional en unas condiciones que se nos antojan, siendo livianos, como más propias de lo que algún compañero de Confederación ha llamado "mano de obra cualificada y barata; los jornaleros andaluces del siglo XXI con estudios universitarios"; y yo añadiría más: mano de obra cualificada, barata y muda… ¡Hasta ahora! Eso es en lo que nos hemos convertido, sin un ápice de vocación por ello, Dios nos libre, los Abogados de Oficio en nuestro país a lo largo de las últimas décadas.

               Y como dicen que en esta vida no hay nada que dure para siempre, pues esos "siervos de la gleba del siglo XXI" se han cansado ya de ser tales, de ser famélicos camareros que sirvan los más excelsos y sabrosos manjares a los comensales (muchos de los cuales ni siquiera han pagado el cubierto en este "restaurante" que con barra libre que es nuestro Welfare State), mientras ellos mismos, esos camareros con toga y título universitario colgado en una pared, son/somos eso: famélicos, hambrientos y aherrojados del ágape por unos poderes públicos de todo signo político que no han dudado en usar y abusar de nuestra presunta condición de "ONG-Jurídicas" (tal es lo que parecemos realmente) para conseguir que trabajemos con la misma calidad técnica y asumiendo la misma responsabilidad que en nuestros, por otro lado, cada día menos numerosos asuntos particulares, pero a un precio que se queda por debajo del que dicta el mercado en cuatro o cinco veces como media en la mayoría de los casos. Es cuando a lo largo y ancho de toda España empiezan a sacudirse el yugo de la esclavitud algunos compañeros que, ausente el miedo, presente la dignidad, se van decidiendo paulatinamente a levantarse en armas (jurídicas, civilizadas todas) frente a la injusticia y a la opresión.

               En las últimas semanas hemos asistido expectantes e ilusionados a la reacción que una gran parte de compañeros madrileños han protagonizado en la legítima defensa de sus intereses profesionales frente a la vergonzosa y vergonzante actitud del Gobierno de la Comunidad de Madrid que les venía adeudando una suma de hasta treinta millones de euros, consecuencia del impago de casi un año de prestación del Turno en dicha región. No son los primeros. No serán los últimos nos tememos. Es una situación endémica.

               Hace ya muchos años, en Asturias ya se levantaron los compañeros tanto del Colegio de Gijón como de la Corporación hermana de Oviedo para protestar por una atmósfera que resultaba –y sigue resultando- irrespirable; corrían los años ochenta del pasado siglo, bonanza económica para todos excepto para la Abogacía de Oficio. No es por tanto ésta la de Madrid la primera "huelga" ni mucho menos en el mundo de la Abogacía de Oficio en toda España, como con ignorancia supina mencionaba algún medio de comunicación económico en las últimas semanas; hubo otros pioneros en el Norte de España hace ya muchos años. Uno, que aún cursaba el último año de la licenciatura en la Universidad allá por finales de los años ochenta, pero que ya estaba en contacto con el mundo real de la profesión en la que se iba a imbricar al año siguiente al matricularse en la Escuela de Práctica Jurídica como estudiante de quinto de carrera, todavía recuerda lo que nos contaban los compañeros entonces sublevados cuando nos decían que el entonces Juez-Decano de Gijón les amenazó con procesarles por delito si no cesaban en su actitud de no prestar más Guardias y Asistencias en las condiciones en las que estaban desarrollando su profesión; y cómo el entonces Decano de aquel Colegio se achantó y se plegó ante la altisonante y prepotente amenaza de un "sheriff" que con sus puñetas en la toga nos hacía la ídem, o sea, la puñeta, terminando "manu militari" con una legítima huelga o cesación de la prestación del servicio a fuerza de ser más puristas en técnica legal. Un Decano que, poco tiempo después, en una Conferencia sobre el Turno, contestó a este compañero vuestro que "el problema del Turno de Oficio lo tienen que resolver los jóvenes; yo ya soy muy viejo para meterme en esas cosas"…, en afirmación por su parte de inspiración inequívocamente joseantoniana que aseguraba que los problemas de España sólo los podían resolver los menores de cuarenta años. Dicho por un compañero de a pie esa frase sonaría a insolidaridad; dicho por quien en esos momentos ostenta el cargo de Decano de un Colegio de Abogados, obligado a luchar y hacerse eco de todos los problemas de su colectivo le afecten o no a él personalmente, suena a despropósito de quien medra para sentarse en una poltrona y permanece ajeno a cuantos problemas aquejan a un colectivo al que juró defender; justo lo mismo que viene sucediendo ahora, transcurridos más de veinte años, con la generalidad de Decanos en toda España, y sobremanera con quien preside el Consejo General de la Abogacía, que se obstinan en “pecar por omisión” a la hora de plantar cara y batalla por la defensa de nuestros legítimos intereses. El caso parece ser que es llegar, como sea, al coste que sea; altius, fortius, certius, como dice el lema olímpico, a los más altos puestos de representación corporativa y no importa a costa de qué, ni de quién, ni pasando (o pisando) quién o qué.

               Frente a eso se alzan ahora los compañeros de Madrid. Y frente a eso se han alzado, antes que los de Madrid, los compañeros de Almería, los de Cádiz, los de Miranda de Ebro, los de La Coruña, los de Laredo, los de Oviedo (ya en los años ochenta, llegando a recurrir hasta el mismísimo Tribunal Supremo para defender la bondad de nuestras huelgas); y frente a eso nos alzamos también, durante más de dos meses, los compañeros de Gijón cuando durante Enero y Febrero del 2.009 tuvimos en jaque a nuestro propio Colegio (ya es triste, pero los Colegios no suelen estar del lado de sus colegiados más que para cobrarles las cuotas) y a la Consejería de Justicia del Principado de Asturias. Una Consejera que se autoelevó su salario anual en 5.000 euros "porque yo lo valgo", porque no podía consentir (sic) que un funcionario público de categoría "A" (ese que tiene una licenciatura universitaria de ciclo largo, con muchos y duros años de estudios encima, que se esforzó en sacar adelante una exigente oposición) percibiese un salario más elevado que ella, olvidando que ella no deja de ser alguien sin oficio ni beneficio designada dedocráticamente por el poder político para un cargo para el cual no tiene la suficiente cualificación (déficit endémico en casi todos nuestros políticos) pero que le sirve para acusar públicamente en los medios nada menos que de "peseteros" sin temor de represalias a todo un colectivo que clama simplemente por un trato justo y digno para con su condición.

               Como no dejamos de recordar, el servicio público de la Justicia Gratuíta en España está sustentado en la intervención de los Abogados como últimos garantes de que se respete y se vele por la tutela judicial efectiva también con aquéllos que son los más desfavorecidos económicamente de la sociedad. Mas en los últimos años esos beneficiarios del servicio han aumentado exponencialmente debido a criterios esencialmente políticos (son más votos los que pueden captar de los potenciales beneficiarios del servicio que los votos de los 38.000 Abogados que lo prestamos en toda España), lo cual tiene dos efectos perniciosos: mientras cada vez hay más asuntos de Oficio en nuestros Juzgados y Tribunales, paralelamente quedan menos clientes particulares que requieran nuestros servicios profesionales; y por otro lado, los poderes públicos (léase Ministerio allá donde corresponda; CC.AA. donde estén traspasadas las competencias en materia de Justicia) se han ocupado y preocupado de congelar e incluso disminuir las cantidades consignadas en Presupuestos para el pago de los Abogados del Turno de Oficio. El problema de la congelación y de los atrasos en los pagos es general en la mayor parte de España: Madrid, Asturias, Andalucía…; y denunciado incluso por el Informe del Observatorio de Justicia Gratuita, que alude a ellos como algo "crónico". El problema de la disminución de la partida presupuestaria destinada a Justicia Gratuita empieza a ser preocupante en lugares como la Comunidad Valenciana (donde su Consejera de Justicia dijo que debían rebajarse las asignaciones económicas de los Abogados de Oficio en nada menos que un 30 % porque "están saliendo muy caros"…) o Cantabria, por citar sólo dos ejemplos; porque destinar para el año 2.011 la misma cantidad que se destinó en el 2.010 para pagar el Turno es tanto como decir que se está disminuyendo la partida destinada al pago del servicio, cuando además, como quedó dicho, año tras año está creciendo el número de solicitantes (y beneficiarios) de dicho servicio. Luego a más solicitantes unimos menos dinero presupuestado, y el resultado de ese cóctel explosivo es que el Abogado tiene que atender a más justiciables al cabo del año a cambio de menos dinero que lo percibido durante el ejercicio precedente; si antes eran cantidades pírricas, ahora es humor negro decir lo que "ganamos" con el Turno. ¿A alguien les extraña que, así las cosas, por toda España salten las chispas de una rebelión larvada durante decenios?

               Dicho lo cual, merece un análisis profundo la actitud, motivaciones últimas y sinceridad de criterios por parte de quienes han abanderado gran parte de las movilizaciones madrileñas de las últimas semanas.

               Distintas Asociaciones de Abogados en la Comunidad de Madrid han sido determinantes a la hora de intentar movilizar al colectivo frente al intolerable retraso de la Administración autonómica madrileña a la hora de pagar los atrasos de todo un año de tan callado como eficaz trabajo de los compañeros de Oficio. Sin embargo, algo que a priori podría resultar netamente positivo (sacar el conflicto a la calle, presionar a la Administración con medidas de fuerza que amenace el status quo de la situación…) nos resulta, a los compañeros de la Confederación, decepcionante:

               Por un lado, parece ser que el único problema que existe para algunos en relación al Turno de Oficio es el retraso más o menos puntual o crónico de la Administración a la hora de pagar las "subvenciones", "indemnizaciones" o "compensaciones" que –con las normas en la mano- son las maneras eufemísticas de denominar técnicamente a las ínfimas y ridículas cantidades que perciben los Abogados de Oficio madrileños una vez que han sido expropiados de su trabajo; porque tal parece que esa limosna que nos dan sea el "justiprecio" (sic) con que la Administración nos "compensa" una vez que ha decidido, a fortiori, expropiarnos nuestra actuación profesional.

            Fijados así los términos del debate, hay que decir que si bien las mentadas Asociaciones de Abogados se han venido dedicando a combatir los efectos perniciosos de un sistema que no admite más demoras a la hora de echarlo abajo para construir otro (de ahí nuestra definición programática de luchar por lograr la Refundación Integral del Turno de Oficio), extremo en el que la CEAT no puede por menos que estar absolutamente de acuerdo, nuestra Confederación va, como dice el Escudo de España en las Columnas de Hércules, "plus ultra", más allá. No nos contentamos con que nos paguen puntualmente, o con que la Administración haga frente a unos intereses de demora que en justicia debe abonar, sino que lo que queremos es llegar mucho más allá y lograr que se cambie totalmente el sistema, que se refunde el Turno de Oficio de manera integral y se liquide el sistema vigente por franco agotamiento para edificar otro totalmente nuevo, con una filosofía totalmente distinta, que haga que realmente la Asistencia Jurídica Gratuita en España lo sea para los que realmente lo necesiten y bajo unas condiciones económicas, sociales, profesionales y de todo tipo que resulten justas y adecuadas para el pilar sobre el que ha de incardinarse forzosamente todo ese entramado: el Abogado de Oficio.

               Y vemos con tristeza que algunos se dedican a combatir el dolor de cabeza, pero no combaten cuáles sean las causas últimas de ese dolor de cabeza. Hay que determinar la etiología de ese dolor, y no se paran a combatir más que los efectos del mal (cefalea), pero no el mal en sí (tumor), que es realmente lo importante y lo que hará que, una vez localizado y erradicado el mal, desaparezcan radicalmente sus perniciosos efectos.

               La Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita (CEAT) combate y quiere combatir el mal en sí mismo considerado, el tumor, porque somos conscientes de que una vez hayamos erradicado ese tumor, los efectos que de él despiden (el dolor) habrán pasado igualmente a la historia. Y mientras diversas Asociaciones de Abogados se satisfacen a sí mismas viendo cuán radicales son a la hora de combatir el pago con retrasos por parte de la Administración Pública, la CEAT no descansará hasta que desaparezca la causa última de esos impagos coyunturales: que el sistema no es bueno y el sistema hay que cambiarlo por otro que funcione y satisfaga punto por punto todos y cada uno de los apartados que figuran en el Programa Máximo de esta Confederación. ¿De qué sirve cobrar ahora lo que nos deben del año pasado, 2.010, con casi un año de retraso por cierto, si lo que ahora cobramos es a costa de lo que estaba presupuestado para ese mismo concepto en el presente ejercicio 2.011? ¿Tapamos un agujero abriendo otro? ¿Y con eso se contentan esos compañeros? ¿Es tan fácil engañar groseramente a profesionales tan competentes y tan capaces como unos Abogados? Nos negamos a creerlo…

               El "pan para hoy, hambre para mañana" nunca será consuelo ni mucho menos objetivo de nuestra Confederación. No queremos parchear nada, de ahí que no queramos reformar la Ley de 1.996 que regula este servicio público, sino que queremos sustituirla por otra totalmente nueva, con rango de Ley Orgánica, que promueva un concepto totalmente distinto de Asistencia Jurídica Gratuita al que actualmente tenemos en España (cfrs. Punto 1 de nuestro Programa confederado). ¿Qué harán esos compañeros cuando dentro de unos meses, el año que viene, los retrasos se vuelvan a repetir, las deudas crezcan una vez más, y la Comunidad de Madrid eche mano de los Presupuestos del 2.012 para pagar lo que adeude del 2.011? Y eso porque se le apremie nuevamente con movilizaciones, osos morosos y pintoresquismos varios… Creemos honestamente que la solución al conflicto ha de tener una mira más elevada, debemos ir –repito- "plus ultra", mucho más allá de conseguir ese "pan para hoy", porque tenemos que fijar las bases para que haya pan hoy, mañana, pasado y siempre. Y no tener que andar parcheando todo el día o saliendo a la calle todo el día porque nadie se atreve a ponerle el cascabel al gato y solucionar de una vez por todas este enquistado problema.

               Esa es una primera diferencia de matiz, y de gran calado, entre la Confederación que compañeros de toda España hemos formado desde el Congreso de Gijón en el 2.009 y otras formaciones que, o bien por ser localistas en determinados territorios y no tener vocación de representatividad nacional, o bien por ser colectivos que sólo puntual y parcialmente responden a los problemas derivados del Turno de Oficio porque no están ideadas ni tienen su origen en querer combatir la problemática concreta y específica del Turno de Oficio, estimamos que por sí solas no van a poder lograr las mejoras radicales que nosotros pretendemos: bien por ni siquiera plantearse tan altos y contundentes objetivos, bien por contentarse con el parcheo nuestro de cada día, con tener pan para hoy y mañana Dios dirá.

               No. Esta Confederación está convencida de que o nos arremangamos de una vez y afrontamos una solución global y universal respecto de este asunto, o nunca veremos colmadas nuestras legítimas pretensiones en un momento histórico favorable como nunca hasta ahora habíamos tenido delante. No nos vale a los Abogados integrados en la Confederación que ahora la Comunidad de Madrid anuncie el pronto pago de los emolumentos atrasados o ni siquiera que los pague ya de manera inmediata como razón última para abortar los anunciados paros en la prestación del servicio para el próximo 15 de Marzo; sobre todo cuando al mismo tiempo sabemos que lo que nos está pagando –como ocurre en Madrid- son cantidades que al parecer no han sido actualizadas desde el año 2.003. ¿Acaso la Abogacía de Oficio debe conformarse con tan alicortas pretensiones? ¿Debemos conformarnos con cobrar ya por nuestro trabajo lo que nos pagan a precio del 2.003, cuando hace ocho años además esos importes ya no tenían nada que ver con los que dictaba el mercado en aquel momento? ¿Tan poquito pedimos?

               Si nuestros compañeros los Abogados de Oficio quieren comer hoy para dejar en el aire el pan de mañana para sus familias, bien está que se haga como hacen esas otras Asociaciones. Si por el contrario nuestros compañeros los Abogados de Oficio (de Madrid y de toda España) quieren comer hoy y quieren dejar sentadas las bases para que mañana el pan de sus hijos esté igualmente asegurado como el de hoy, entonces no queda otra que dar un paso al frente y adoptar la radicalidad bien entendida del mensaje de la CEAT: solucionar definitivamente el problema para tener el pan hoy, mañana y siempre; sin necesidad de periódicas confrontaciones con la Administración ni con nadie, sin necesidad de suspender ningún servicio, sin necesidad de ninguna algarada callejera que nosotros protagonicemos o que la Policía nos provoque, como también ha sido el caso desgraciadamente en los últimos días.

               Por otro lado, este compañero vuestro estima muy prudentemente que cualquier Asociación de Abogados, cualquier movilización, cualquier reivindicación que plantee la Abogacía de Oficio en nuestra Lucha ha de ir limpia de cualquier contaminación ideológica o política. Nuestra razón de ser es exclusivamente profesional y a lo profesional han de plegarse todas nuestras actuaciones. No es malo sino todo lo contrario que una persona tenga sus propias ideas políticas, religiosas o de cualquier otra naturaleza; máxime en los profesionales libres del Derecho, que somos personas de pensamiento y no intelectualmente planos como una mesa. Cosa distinta es que nos dejemos llevar por nuestras filias y fobias de los poderes temporales. 

Personalmente soy partidario y he sido siempre paladín en mi Colegio de promover el cese total de la prestación del servicio del Turno y, sobremanera, las Asistencias al Detenido, como medida última de presión en aras de conseguir nuestros objetivos profesionales; creo que es el órdago más fuerte que tenemos los Abogados a la hora de presionar a los poderes públicos exigiendo lo que es nuestro: cuando los detenidos hayan de ser puestos en libertad a las 72 horas sin que ningún compañero de Oficio le haya asistido, veremos a los políticos a nuestros pies ofreciendo negociar. Medida última o una más, pero que considero medida útil que no debemos perder de vista y que, llegado el momento, se podría analizar su virtualidad para simultanearla en todos los Colegios de España o en todos aquéllos, al menos, en donde tengamos alguna representatividad. Al igual que la compensación de cuotas, la exigencia de intereses de demora u otras medidas que al amparo incluso de la ley podemos y, llegado el caso, deberemos afrontar si queremos avanzar: sin ir más lejos, agotar el plazo máximo de ocho horas al acudir a asistir a un detenido, exprimiendo ese plazo legal hasta los últimos cinco minutos de esas ocho horas contando el plazo desde que nos avisen de un Juzgado o una Comisaría; seríamos escrupulosos con la ley, ningún compañero podría sufrir represalia alguna ni a nivel legal ni disciplinario, pero esa auténtica y genuina "huelga de celo" podría echar abajo el Turno penal en unos pocos días si el poder político no se aviene a negociar. Luego hay medios, muchos, éstos son sólo ejemplos, para poner al pie de los caballos a nuestros opresores en la justa defensa de nuestros intereses.

               Ahora bien: lo que ya no me parece tan de recibo es cometer delitos de desórdenes públicos como si fuéramos otros colectivos de trabajadores que a veces parecen cualquier otra cosa antes que eso. Sinceramente no veo qué puede ganar nuestro colectivo con provocar cortes de vías públicas, como parece ser que ha sido el caso en Madrid recientemente: la animadversión popular, la asimilación de un Abogado con un ¿trabajador? de la minería o del sector naval (algo que en Asturias nos resulta muy familiar desafortunadamente), y desde luego ningún beneficio objetivo a corto, medio o largo plazo. Nuestra lucha, aun la más contundente que sea, ha de regirse por criterios de legalidad formal absoluta y, todo lo más, flirteando entre un lado y otro de la línea roja, pero jamás sobrepasándola en aspectos que además nada tienen que ver con la profesión porque no se trata de vulnerar la ley en algo que tenga íntima relación con el servicio (p.ej., plante total en Guardias), sino de hacerlo en cosas que nada tienen que ver con nuestras reivindicaciones de fondo como son cortar el tráfico en una calle.

               Distinta lectura ha de tener, forzosamente, la vergonzosa actitud de quien sea el responsable último de la impresentable actuación de la Policía Nacional cuando se blinda la entrada a la casa de todos los Abogados de la capital de España mediante un cordón policial que recuerda tiempos pretéritos felizmente fenecidos y que pone al colectivo al borde del precipicio porque –ahí sí- los Abogados que pretenden entrar en "su" Colegio nada malo hacen al ejercitar uno de sus derechos políticos que como colegiados les corresponden, pero a ojos del espectador ocasional de unos servicios informativos hace aparecer a nuestro colectivo como lo que no es: alborotadores profesionales de dudoso pelaje. Y eso NO se puede consentir: ni a la Comunidad de Madrid, ni al Ayuntamiento de Madrid, ni al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid; a nadie que sea el responsable de ese uso y abuso de la fuerza pública que pagamos todos –también el Abogado de Oficio- en beneficio de intereses espúreos. Vaya desde aquí mi solidaridad y apoyo personal y explícito y el de toda la Confederación en su conjunto a todos y cada uno de aquellos compañeros que el otro día han sufrido en sus carnes tamaña agresión injusta tanto física como moral por parte de la Policía a las puertas del ICA-Madrid, nuestra solidaridad y nuestra condena sin paliativos a tan desproporcionada como inoportuna muestra de fuerza bruta contra los garantes históricos de la libertad; no hallo muchas diferencias entre ese atropello cometido contra nuestros compañeros y los que está sufriendo en las últimas horas la población civil del Reino de Bahrein: mientras unos sátrapas opresores visten chilaba y turbante, otros lo hacen con traje y corbata; pero son igualmente sátrapas e igualmente opresores. También en Gijón sabemos lo que es convocarnos a las puertas de un Juzgado o de una Consejería de Justicia y ver que hay casi más policías antidisturbios que Abogados concentrados…

               Bochornoso y deleznable.

               Quede claro que desde la Confederación que me honro en presidir nos jactamos de ser cada uno de un sitio ideológico, moral, religioso y hasta deportivo distinto (cada uno tiene sus filias y sus fobias), pero nuestro común denominador y la esencia que nos da fuerza es la firme convicción de que estamos en la CEAT sólo y exclusívamente para defender intereses estrictamente profesionales de la Abogacía de Oficio de toda España; de los de izquierdas, de los de derechas, de los de centro, y de los mediopensionistas. De todos. Y que para ello hemos de atacar frontalmente a cualquier poder político que nos oprima o se oponga a la legítima consecución de nuestros objetivos programáticos fundacionales: sean éstos de derechas, de izquierdas, de centro o también mediopensionistas. El por qué es muy sencillo: la CEAT no ha nacido para ser caja de resonancia de ninguna ideología, de ningún partido político, de ninguna confesión religiosa, de ninguna corriente filosófica; la única fidelidad que para la CEAT resulta irrenunciable y que para quienes tenemos el orgullo de pertenecer a la CEAT como padres fundadores resulta un timbre de honor es la defensa a ultranza, con nuestros radicales planteamientos, de los intereses exclusívamente profesionales y corporativos de todos los Abogados de Oficio de España, pertenezcan o no pertenezcan a la Confederación. Y si para eso tenemos que tumbar o declarar la guerra a un Gobierno central o autonómico de un signo o de otro, no dudaremos en hacerlo, sea quien sea y del color que sea. Pero mantendremos siempre y en todo lugar nuestro discurso sea quien sea el interlocutor afectado: cualquier sesgo político, cualquier representante corporativo. Sólamente somos fieles a nuestros principios y valores, a nuestro Programa, a la filosofía de fiel camaradería y compañerismo y amistad que acompañó a todos en el Congreso de Abogados del Turno de Oficio que celebramos en Gijón hace dos años por primera vez en la Historia de España… que ya es decir. Y esta Confederación que aún da sus primeros pasos nació de allí y se debe al llamado "Espíritu de Gijón" que consiguió romper por primera vez la insolidaridad sempiterna de la profesión y aunarnos en un proyecto común e ilusionante que, por carecer de carga ideológica alguna, se dota precisamente de una mayor fuerza moral y efectiva a la hora de defender nuestros intereses con total independencia, pero a la vez con total beligerancia frente a todo lo que obstaculice nuestros objetivos programáticos; de ahí el título de este artículo.

               Sólo la Confederación garantiza a sus afiliados y simpatizantes una total independencia de criterio a la hora de defender nuestros intereses, pues somos conscientes de que, como ocurre con la llamada "zona azul" de las zonas de estacionamiento reguladas para los vehículos por los Ayuntamientos, ésto no es un problema con los gobernantes de un color o de otro porque a la hora de la verdad, cuando de explotar al ciudadano-Abogado se trata, y en este caso no somos sólo explotados sino expropiados de nuestro trabajo, tanto nos da que esas Administraciones que actúan como autoridades expropiatorias sean de un signo o de otro, porque casualmente todas se acaban poniendo de acuerdo para hacer todas lo mismo: expropiarnos nuestro trabajo y negarnos el pan y la sal. Como ocurrió siempre, en democracia y sin democracia, con unos Gobiernos y con otros. Con todos. Bueno será, por tanto, que los Abogados de Oficio en toda España nos unamos bajo una misma férula que, por su doble condición de independiente de todos y de todo y sin tener más sujeción que a sí misma, y de franca y radical beligerancia contra quienes nos oprimen desde tiempos inmemoriales, no puede ser bajo otras siglas que bajo las de la CEAT, la Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita.

               En definitiva, y ya para terminar, la Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita (CEAT) quiere hacer oír su voz en todo momento y lugar para defender, sin sujeción a ideología política o poder alguno, ni dependencia de ninguna clase, los genuinos y legítimos derechos e intereses profesionales de los Abogados españoles que abnegadamente venimos prestando el servicio público de la Asistencia Jurídica Gratuita para los más desfavorecidos económicamente. Y para privar de autoridad alguna a quienes, al servicio de intereses ocultos y difícilmente confesables, impiden por medio de la fuerza bruta y no de la razón, la ley y el Derecho -todo completamente al revés de lo que es timbre de honor en un Abogado-, la presencia y participación de quienes aherrojadamente estamos protagonizando la batalla por cambiar radicalmente las cosas que no nos gustan y que juzgamos deben cambiar si no queremos dinamitar desde dentro la fuente de ingresos de una profesión de la que vivimos y queremos seguir viviendo en beneficio propio y de nuestras familias.

               Independencia en nuestro actuar, absoluta. Beligerancia a la hora de defender nuestros intereses, irrenunciable.
Germán-Ramón Inclán Méndez
ICA-Gijón
Presidente de CEAT

martes, 15 de febrero de 2011

PROTESTAS EN MADRID

LA CONFEDERACION ESPAÑOLA DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA SE SOLIDARIZA CON LOS COMPAÑEROS DE MADRID, CONDENANDO DE FORMA ENERGICA LA INTERVENCION POLICIAL PARA IMPEDIR EL ACCESO DE LOS ABOGADOS A SU COLEGIO. LA SITUCACION QUE SE VIVE EN MADRID ES FIEL REFLEJO DE LA PRECARIEDAD EN LA QUE ESTAN PRESTANDO SUS SERVICIOS LOS ABOGADOS DE OFICIO DE TODA ESPAÑA, Y NO SOLO POR LOS RETRASOS EN LOS PAGOS.

LA NOTICIA EN EXPANSION.COM
NOTICIA EN EL PAIS.COM 

martes, 4 de enero de 2011

NUESTRO CANDIDATO A LA PRESIDENCIA DEL CGAE

Con fecha de 29 de Diciembre de 2010 tuvo entrada en el registro del Consejo General de la Abogacía la presentación formal de la candidatura de nuestro compañero ALFREDO POVEDANO MOLINA a la presidencia de dicho Consejo como representante de esta Confederación y como tributo a los miles y miles de compañeros que diariamente venimos prestando los servicios que integran la Asistencia Jurídica Gratuita pese a las innumerables dificultades y sinsabores que encontramos desde las Administraciones competentes así como de las instituciones que teóricamente representan a la Abogacía.

martes, 23 de noviembre de 2010

Sanidad Pública para los Abogados

Por el enorme interés que suscitan estas materias, incorporamos dos noticias publicadas en la Revista de la Mutualidad de la Abogacía, número 64, noviembre de 2010. Aunque al respecto hemos de decir que los pinoneros en esta materia fueron los gallegos, estableciendo un convenio entre los Colegios de Abogados  y Procuradores Gallegos y la Sanidad Pública Gallega, por el que los Abogados y Procuradores adscritos al Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita quedaban incorporados al sistema de la seguridad social al menos en cobertura sanitaria.


jueves, 21 de octubre de 2010

La CEAT rechaza la libre elección de letrado

Abogados de Turno de Oficio rechazan la libre elección de letrado por ser "una privatización encubierta".

El presidente de la Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita, Germán Ramón Inclán Méndez, ha rechazado este jueves la propuesta de libre elección de letrado en la Justicia gratuita, al ser 'aberrante' y beneficiar a cuatro o cinco bufetes, sin que se garantice realmente una mejor defensa. También pide un mayor control de la asistencia jurídica gratuita, al darse el caso de clientes que son más pudientes que sus letrados.

Así lo ha indicado en rueda de prensa en su despacho gijonés donde dio a conocer la Confederación, de reciente constitución y que aspira a dignificar la profesión del abogado de oficio. Según él, se vive una situación 'sangrante', en la que se cobra aproximadamente un 20 por ciento menos de lo que sería si no fuera de oficio y al final se saca de media unos 3.000 euros al año, en el caso de Asturias. Además, salvo en Cataluña, y en menor medida en Galicia, los profesionales carecen de cobertura médica.

Inclán ha indicado que el propósito de la Confederación, de la que forman parte por el momento las comunidades de Asturias, Cataluña, Aragón, Cantabria, Andalucía, Madrid, Galicia, Valencia y Castilla y León, es agrupar a este colectivo, que no se siente representado y que quiere tener voz y voto en las decisiones que les afectan.

Por ello, a través de un programa compuesto por 17 puntos quieren dignificar su trabajo, empezando por la modificación de la actual Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y Turno de Oficio, vigente desde 1996. Para la Confederación, ésta debería de tener rango de Ley orgánica y no Ordinaria, al afectar a derechos fundamentales.

En este sentido, ha explicado que en el Observatorio de Justicia Gratuita muchos no son abogados y de los que sí, no todos lo son de turno de oficio. En este organismo es donde se ha propuesto la libre elección de abogado por el justiciable, iniciativa avalada también por el Consejo General de la Abogacía.

En su opinión, a una persona que le den un listado va a elegir a un letrado de renombre o mediático, no por ser mejor, sino porque es al que conoce. En este caso, ha mostrado sus dudas a que vaya a defender los intereses del justiciable, porque, según él, delegará en otro compañero de bufete. 'Es una privatización encubierta del servicio en beneficio de unas cuantas firmas -de abogados--', ha dicho.

Asimismo, aunque reconoce que el turno de oficio es una vía para darse a conocer y una ayuda para los letrados que empiezan, ha insistido en que no se puede vivir de ello. Además, para ser abogado de oficio se deben llevar tres años ejerciendo y pasar una pasantía o hacer unos cursos.

En ese punto, la vocal de la Confederación, la abogada Isabel Varela, ha recalcado que estos cursos no son gratuitos ni subvencionados, como puedan tener los jueces y fiscales, a pesar de ser necesarios para ejercer en el turno de oficio, al ser unos de especialización y otros de actualización a las nuevas normativas. Tampoco son gratuitas las bases de datos a las que deben acceder para representar a sus clientes.

Inclán ha apuntado que si a un abogado de oficio se le exige la misma responsabilidad que a otro que no lo es, debería haber una equiparación de los emolumentos. No obstante, en la actualidad, por ejemplo, por llevar un procedimiento abreviado de un caso de robo te pagan 242 euros, mientras que si no es de oficio el mismo letrado cobraría cinco veces más. 'Queremos una retribución justa y adecuada', ha apostillado.

Y aunque no es obligatorio estar en el turno de oficio, ha indicado que el servicio 'se militariza' si no hay nadie, al ser preciso un número mínimo de letrados adscritos a la Justicia gratuita. Para defender todos sus derechos, nace la Confederación también 'como sindicato de los abogados de oficio'.

También ha insistido en que debe haber un mayor control en el turno de oficio, ya que actualmente pueden acceder a ella quien cobre menos de dos veces el IPREM (menos de unos 1.100 euros). Inclán defiende que estas personas reciban asistencia gratuita pero advierte de que hay muchos subterfugios y al final se acaba defendiendo a gente más pudiente que el propio letrado o casos de alcoholemia en el que el justiciable iba 'en un Audi A6'.

Con esta crítica constructiva quieren hacer ver al Estado que en algunos casos están pagando un servicio que no deberían, porque el justiciable tiene dinero suficiente para su defensa, además de que al ser de oficio se abona al letrado menos de lo que podría cobrar a ese mismo cliente, si no tuviera asistencia gratuita.

Otra de las peticiones, al margen de contar con acceso a la Sanidad Pública, es disponer de un seguro de accidentes y otro de responsabilidad civil cuando ejercen como abogados de oficio. Además, proponen una compensación con rango de complemento como pensión no contributiva a los letrados de oficio con una antigüedad mínima de 15 años de servicio que, al llegar a la jubilación, no disfruten de pensión o ésta no alcanzara al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

En cuanto a la Confederación, ha explicado que nació fruto de un congreso celebrado en Gijón y ha señalado que está abierta tanto a asociaciones, como pueda ser 'El patio de mi colegio' en Gijón, como a letrados a título individual. Inclán y Varela son los únicos representantes asturianos de una Junta directiva formada por ocho personas, de las que el resto -incluidos los vocales-- pertenecen a las comunidades de Andalucía, Madrid, Cataluña, Cantabria y Aragón.

Fuente: www.noticias.terra.es. Ver noticia

martes, 27 de julio de 2010

Los módulos y bases de compensación en todo el territorio nacional

 Con el eufemístico término de módulos y bases de compensación económica, se establecen en los Boletines Oficiales de las distintas Comunidades Autónomas, un sistema de retribución del trabajo profesional realizado por los Abogados de Oficio, que demás de manifiestamente insuficientes para ganarse el sustento con este servicio público, introducen discriminaciones al retribuir de manera distinta por el mismo trabajo realizado, en función del territorio en el que se preste. Desde la Confederación abogamos claramente y nunca mejor dicho por una Ley de Armonización que ponga freno a la discriminación que esto supone.

Si en el listado no encuentras  tu correspondiente "compensación económica" o se encuentra desfasada, o el enlace está roto, ponte en contacto con nosotros y lo solucionaremos en breve.

A NIVEL ESTATAL.-



Real Decreto 1455 de 2 de diciembre de 2005, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita aprobado por Real Decreto 996 de 25 de julio de 2003.




A NIVEL AUTONÓMICO.-

ANDALUCIA.-



Orden de 9 de marzo de 2009, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio.

Orden de 16 de abril de 2010, por la que se modifican los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio, aprobados mediante Orden de 9 de marzo de 2009.

PAIS VASCO.-