martes, 23 de noviembre de 2010

Sanidad Pública para los Abogados

Por el enorme interés que suscitan estas materias, incorporamos dos noticias publicadas en la Revista de la Mutualidad de la Abogacía, número 64, noviembre de 2010. Aunque al respecto hemos de decir que los pinoneros en esta materia fueron los gallegos, estableciendo un convenio entre los Colegios de Abogados  y Procuradores Gallegos y la Sanidad Pública Gallega, por el que los Abogados y Procuradores adscritos al Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita quedaban incorporados al sistema de la seguridad social al menos en cobertura sanitaria.


jueves, 21 de octubre de 2010

La CEAT rechaza la libre elección de letrado

Abogados de Turno de Oficio rechazan la libre elección de letrado por ser "una privatización encubierta".

El presidente de la Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita, Germán Ramón Inclán Méndez, ha rechazado este jueves la propuesta de libre elección de letrado en la Justicia gratuita, al ser 'aberrante' y beneficiar a cuatro o cinco bufetes, sin que se garantice realmente una mejor defensa. También pide un mayor control de la asistencia jurídica gratuita, al darse el caso de clientes que son más pudientes que sus letrados.

Así lo ha indicado en rueda de prensa en su despacho gijonés donde dio a conocer la Confederación, de reciente constitución y que aspira a dignificar la profesión del abogado de oficio. Según él, se vive una situación 'sangrante', en la que se cobra aproximadamente un 20 por ciento menos de lo que sería si no fuera de oficio y al final se saca de media unos 3.000 euros al año, en el caso de Asturias. Además, salvo en Cataluña, y en menor medida en Galicia, los profesionales carecen de cobertura médica.

Inclán ha indicado que el propósito de la Confederación, de la que forman parte por el momento las comunidades de Asturias, Cataluña, Aragón, Cantabria, Andalucía, Madrid, Galicia, Valencia y Castilla y León, es agrupar a este colectivo, que no se siente representado y que quiere tener voz y voto en las decisiones que les afectan.

Por ello, a través de un programa compuesto por 17 puntos quieren dignificar su trabajo, empezando por la modificación de la actual Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y Turno de Oficio, vigente desde 1996. Para la Confederación, ésta debería de tener rango de Ley orgánica y no Ordinaria, al afectar a derechos fundamentales.

En este sentido, ha explicado que en el Observatorio de Justicia Gratuita muchos no son abogados y de los que sí, no todos lo son de turno de oficio. En este organismo es donde se ha propuesto la libre elección de abogado por el justiciable, iniciativa avalada también por el Consejo General de la Abogacía.

En su opinión, a una persona que le den un listado va a elegir a un letrado de renombre o mediático, no por ser mejor, sino porque es al que conoce. En este caso, ha mostrado sus dudas a que vaya a defender los intereses del justiciable, porque, según él, delegará en otro compañero de bufete. 'Es una privatización encubierta del servicio en beneficio de unas cuantas firmas -de abogados--', ha dicho.

Asimismo, aunque reconoce que el turno de oficio es una vía para darse a conocer y una ayuda para los letrados que empiezan, ha insistido en que no se puede vivir de ello. Además, para ser abogado de oficio se deben llevar tres años ejerciendo y pasar una pasantía o hacer unos cursos.

En ese punto, la vocal de la Confederación, la abogada Isabel Varela, ha recalcado que estos cursos no son gratuitos ni subvencionados, como puedan tener los jueces y fiscales, a pesar de ser necesarios para ejercer en el turno de oficio, al ser unos de especialización y otros de actualización a las nuevas normativas. Tampoco son gratuitas las bases de datos a las que deben acceder para representar a sus clientes.

Inclán ha apuntado que si a un abogado de oficio se le exige la misma responsabilidad que a otro que no lo es, debería haber una equiparación de los emolumentos. No obstante, en la actualidad, por ejemplo, por llevar un procedimiento abreviado de un caso de robo te pagan 242 euros, mientras que si no es de oficio el mismo letrado cobraría cinco veces más. 'Queremos una retribución justa y adecuada', ha apostillado.

Y aunque no es obligatorio estar en el turno de oficio, ha indicado que el servicio 'se militariza' si no hay nadie, al ser preciso un número mínimo de letrados adscritos a la Justicia gratuita. Para defender todos sus derechos, nace la Confederación también 'como sindicato de los abogados de oficio'.

También ha insistido en que debe haber un mayor control en el turno de oficio, ya que actualmente pueden acceder a ella quien cobre menos de dos veces el IPREM (menos de unos 1.100 euros). Inclán defiende que estas personas reciban asistencia gratuita pero advierte de que hay muchos subterfugios y al final se acaba defendiendo a gente más pudiente que el propio letrado o casos de alcoholemia en el que el justiciable iba 'en un Audi A6'.

Con esta crítica constructiva quieren hacer ver al Estado que en algunos casos están pagando un servicio que no deberían, porque el justiciable tiene dinero suficiente para su defensa, además de que al ser de oficio se abona al letrado menos de lo que podría cobrar a ese mismo cliente, si no tuviera asistencia gratuita.

Otra de las peticiones, al margen de contar con acceso a la Sanidad Pública, es disponer de un seguro de accidentes y otro de responsabilidad civil cuando ejercen como abogados de oficio. Además, proponen una compensación con rango de complemento como pensión no contributiva a los letrados de oficio con una antigüedad mínima de 15 años de servicio que, al llegar a la jubilación, no disfruten de pensión o ésta no alcanzara al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

En cuanto a la Confederación, ha explicado que nació fruto de un congreso celebrado en Gijón y ha señalado que está abierta tanto a asociaciones, como pueda ser 'El patio de mi colegio' en Gijón, como a letrados a título individual. Inclán y Varela son los únicos representantes asturianos de una Junta directiva formada por ocho personas, de las que el resto -incluidos los vocales-- pertenecen a las comunidades de Andalucía, Madrid, Cataluña, Cantabria y Aragón.

Fuente: www.noticias.terra.es. Ver noticia

martes, 27 de julio de 2010

Los módulos y bases de compensación en todo el territorio nacional

 Con el eufemístico término de módulos y bases de compensación económica, se establecen en los Boletines Oficiales de las distintas Comunidades Autónomas, un sistema de retribución del trabajo profesional realizado por los Abogados de Oficio, que demás de manifiestamente insuficientes para ganarse el sustento con este servicio público, introducen discriminaciones al retribuir de manera distinta por el mismo trabajo realizado, en función del territorio en el que se preste. Desde la Confederación abogamos claramente y nunca mejor dicho por una Ley de Armonización que ponga freno a la discriminación que esto supone.

Si en el listado no encuentras  tu correspondiente "compensación económica" o se encuentra desfasada, o el enlace está roto, ponte en contacto con nosotros y lo solucionaremos en breve.

A NIVEL ESTATAL.-



Real Decreto 1455 de 2 de diciembre de 2005, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita aprobado por Real Decreto 996 de 25 de julio de 2003.




A NIVEL AUTONÓMICO.-

ANDALUCIA.-



Orden de 9 de marzo de 2009, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio.

Orden de 16 de abril de 2010, por la que se modifican los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio, aprobados mediante Orden de 9 de marzo de 2009.

PAIS VASCO.-