El pasado martes 29/4/2014 tuvo lugar en el Congreso de los Diputados el debate en el Pleno sobre las enmiendas a la totalidad presentadas por los distintos grupos parlamentarios (a excepción del PP).
En primer lugar, intervino el MINISTRO DE JUSTICIA para defender un Proyecto de Ley que expresa voluntad de dirigirse a su fin. Presenta un fuerte carácter social, eliminando circunstancias económicas para acceder a la Asistencia Jurídica Gratuita. Se propone ampliar el ámbito de protección porque el artículo 119 de la Constitutición establece como requisitos la insuficiencia acreditada de recursos para litigar y un ámbito subjetivo que permite extender el ámbito de la asistencias jurídica gratuita cuando así lo permiete la ley. El amparo de las personas más vulnerables no entraña desigualdad sino cohesión.
Se van a rechazar las enmiendas presentadas. Es un derecho constitucional de configuración legal conforme se establece en la sentencia nº 16/94 del Tribunal Constitucional. Las víctimas de violencia de género, terrorismo, ..., tendrán también asesoramiento y orientación sin coste. Se extiende igualmente a todos los procedimientos que tengan relación con la violencia de género. Se exige a los Colegios de Abogados que cuenten con abogados especializados. Las Asociaciones de Defensa de las Víctimas del Terrorismo, Cruz Roja, Asociaciones de personas con deficiencias o minusvalías y las Asociaciones de Consumidores y Usuarios también tienen derecho.
Se va a presentar una enmienda para que los trabajadores tengan derecho a la justicia gratuita en segunda instancia de la jurisdicción social siempre que no haya temeridad o mala fe.
Se elevan los umbrales de renta vinculados al número de integrantes de la unidad familiar.
Se financia el servicio público con un mecanismo de solidaridad. Este Proyecto está íntimamente ligado a las Tasas de la Administración de Justicia. La ampliación de la justicia gratuita se puede hacer gracias a la Ley de Tasas. La relación de la Ley de Tasas es la vinculación y no de afectación. Se propne un incremento de gasto que estará garantizado sin afectación pero con vinculación por las Tasas Judiciales.
Respecto a las Comunidades Autónomas se abrió una mesa de diálogo. Cualquier variación supone coste cero para las Comunidades Autónomas porque sólo aportarían el gasto real asumido en el último ejercicio por las Comunidades. Este sistema no fue aprobado por todas las Comunidades. Se propone que las Comunidades no tengan que aportar más dinero por la ampliación del beneficio de justicia gratuita, tomando como límite el triple de las Comunidades Autónomas gestionadas por el Ministerio de Justicia. A lo largo de 2014 se analizarán los resultados de los ejercicios 2012 y 2013 y se incluirá la aportación estatal en la Ley de Presupuestos.
Se propone también enmienda para que Administración competente pueda acordar con los Colegios de Abogados establecer el Servicio de Orientación Jurídica en los centros penitenciarios dada la demanda social existente.
A continuación se defendieron las enmiendas de devolución.
1º) GRUPO MIXTO.
a) ERC (Joan Tardá).
Se produce el desguace del derecho a la tutela judicial efectiva. Se habla de la "enfermedad" del ciudadano de acudir a la tutela judicial efectiva. Primero fue la Ley de Tasas y ahora en la Ley Orgánica del Poder Judicial quiere plantearse la planta judicial basada en la provincia, lo que aleja al ciudadano del sistema.
Se ha recaudado menos de lo previsto en tasas judiciales, lo que genera serias dudas sobre su financiación.
El artículo 2 reconoce el derecho con independencia de recursos para litigar. ¿Por qué se mantiene 2 veces el IPREM? ¿Por qué no se aumenta?
No responde a los problemas de asistencia jurídica gratuita mediante la tramitación. Habría que suprimir las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita al haber demostrado su solvencia los Colegios de Abogados. Se introduce un Comité de Consultas.
El Presidente del Consejo de Colegios de Abogados de Cataluña dice que la suma de tasas judiciales, planta judicial y la posibilidad del Letrado de acudir a cientos de kilómetros disuelven el derecho a la asistencia jurídica gratuita y a la tutela judicial efectiva.
b) COMPROMÍS (Joan Baldoví).
Los profesionales lo tildan de injusto, engañoso, ... No se ha debatido la financiación pese a los 300 millones de euros recaudados por las tasas. Las tasas abusivas evidenciaron que la justicia debe de ser inaccesibel. Mentía el Ministro cuando dijo que iban a financiar la justicia gratuita.
La Generalita valenciana adeuda 14 millones de euros a los abogados que prestan el servicio.
No hay garantía de financiación suficiente.
c) AMAIUR (Sabino Cuadra).
Se disminuyen los derechos de los ciudadanos.
2º) GRUPO PARLAMENTARIO VASCO - PNV (Emilio Olabarría).
El Proyecto de reforma de la LOPJ está esperando al igual que la nueva LECrim. Sólo se está tramitando por su Ministerio la Ley de Navegación Marítima.
Este Proyecto de LAJG es una huida hacia delante. Se amplía a determinados colectivos aun cuando no carezcan de recursos.
No contempla la desmesura de las tasas judiciales que, a la vista de la sentencia nº 20/2012 del Tribunal Constitucional presenta visos de inconstitucionalidad.
Es contradictoria la Exposición de Motivos (apartado 6) con el artículo 40, que habla de la financiación. La Exposición de Motivos habla de vinculación de las tasas judiciales a la financiación de la asistencia jurídica gratuita, pero el artículo 40 dice que no están vinculados. La vinculación de las tasas también está en la Ley de Presupuestos.
Se contempla que el Letrado o Graduado Social que tarde en llegar 3 horas puede prestar el servicio, lo cual es una desvinculación de los Colegios que puede tener visos de inconstitucionalidad.
Se realiza la atribución al Estado del desarrollo reglamentario.
3º) UPyD (Carlos Martínez Gorriarán).
Se recorta la igualdad jurídica efectiva de los ciudadanos. Se introducen más barreras de acceso a la justicia gratuita y viene tras la Ley de Tasas.
Introduce la mención a abusos, culpabilizando a ciudadanos.
La Ley de Tasas se creó para la financiación del sistema de justicia gratuita pero no es verdad. Se ha beneficado a coste de los Abogados del Turno de Oficio haciendo tareas que no les corresponden.
Se burocratiza la Ley y también está el problema de armonización de las Comunidades Autónomas. También se cambia la referencia del SMI por la del IPREM.
4º) IU (Gaspar Llamazares).
Se establece en el Proyecto una justicia de beneficiencia con un cambio de modelo de justicia. Se están demoliendo pilares de democracia social como el acceso a la justicia. No es justicia gratuita porque con la Ley de Tasas se han establecido como justicia de mercado:
- Justicia "clase business".
- Justicia de pago, sujeta a tasa, para la mayoría.
- Justicia de benficiencia.
En la Ley hay obstáculos, restricción y burocratización.
La Ley de Tasas, que iba a suponer un descenso de litigiosidad, es una barrera infranqueable para acceder a la justicia gratuita. En algunas jurisdicciones se está a niveles de 2007. La Ley de Tasas tampoco ha tenido la recaudación esperada; la Agencia Tributaria niega la información a los ciudadanos y se habla de algo más de 300 millones de euros.
No sirve para financiar lo que dedica por las Comunidades Autónomas al Turno de Oficio y se financia finalmente por los Abogados.
El Proyecto de Ley no se ha pactado con nadie y tiene un disenso global de todos los implicados: operadores jurídicos, fuerzas políticas parlamentarias, ...
Se amplía muy poco los beneficiarios por causas económicas.
5º) CiU (Jordi Jané).
Saluda a los Decanos de los ICA catalanes presentes.
El Proyecto vulnera y afecta a competencias de las Comunidades Autónomas, siendo una competencia exclusiva de la Generalitat de Catalunya. El Comité de Consultas depende del Ministerio. Los Colegios de Abogados saben que conculca especificidades de territorios. Los artículos 41 y 43 pueden alterar el sistema de financiación.
La Ley de Tasas es muy negativa para el derecho al acceso a la tutela judicial efectiva. Los Convenios de Colaboración con Colegios Profesionales no tienen prevista financiación.
El artículo 25 permite al profesional que se pueda desplazar en un plazo de 3 horas, lo cual puede conllevar consecuencias negativas porque se abre la puerta al servicio por profesionales no colegiados en su ámbito territorial. En Cataluña hay muchos Colegios.
El artículo 16 establece la devolución a los Colegios de los expedientes con documentación incompleta.
6º) PSOE (Gabriel Echávarri Fernández).
Agradece a los Colegios de Abogados y Asociaciones presentes.
Es una mera reforma de la Ley 1/96. Es un engaño, más restrictiva y burocrática. Ataca al derecho a la tutela judicial efectiva con visos de inconstitucionalidad.
La Ley de Tasas imode ya el acceso a los ciudadados. Vincula la financiación del sistema de justicia gratuita a la Ley de Tasas. El ejercicio de un derecho fundamental no puede vincularse al ejercicio del derecho por otros.
En 2013 se recaudaron 316 millones de euros y el presupuesto de este año es de 33 millones de euros. No se justifica dónde está el resto. No hay vinculación entre el tributo y su destino (inconstitucional como el "céntimoi sanitario").
Se echa la carga sobre los hombros de los profesionales y se carga el servicio para luego privatizrlo.
Está en contra del artículo 25 (prestación del servicio por profesionales que puedan desplazarse en 3 horas).
Se pasa del SMI al IPREM con colectivos perjudicados, como las unidades familiares unipersonales.
La ratificación en la segunda instancia es imposible en muchos casos, con lo que puede afectar al derecho de defensa; también la privación a quienes tengan contrato de seguro pese a no tener recursos económicos. La presunción de fraude es injustificada.
Perjudica a los abogados:
- no tienen retribución justa;
- asunción de la retribución por abogados cuando no se ha justificado el beneficio.
En inmigración pone a los extranjeros en situación irregular fuera del sistema de justicia gratuita.
La Violencia de Género se atribuye a la persona que pone denuncia o querella. La víctima necesita la asistencia jurídica en el momento siguiente a sufrir la agresión y no en el anterior a poner la denuncia. Además queda fuera de cobertura si no obtiene la razón en el procesimiento.
Emplaza a que la Ley se apruebe en Pleno y no en Comisión.
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Tras exponerse las enmiendas a la totalidad, intervino el Grupo Parlamentario del PARTIDO POPULAR.
Felicitó al Ministro por la expresión de los principios de la Ley. Anunció el apoyo al Proyecto y que rechazarán las enmiendas.
El Partido Popular tiene un compromiso con los ciudadanos que carecen de recursos y necesitan el apoyo del Estado, por un lado, y en los momentos económicos actuales ha de controlar los recursos para evitar abusos, por otro.
Según el Informe del Observatorio de Justicia Gratuita 2008-2012 del CGAE, la reforma de la Ley la solicitan los abogados y hay que incorporar las iniciativas legislativas europeas.
La falta de financiación adecuada a la ampliación de beneficiarios está superada.
La creación del Comité de Consultas no es obstáculo; sus resoluciones no son preceptivas ni vinculantes pero servirán para unificar criterios. Lo ha valorado positivamente el Observatorio de Justicia Gratuita del CGAE.
La enmienda del abuso con tres designaciones en el mismo año se refiere a una medida del Comité de Expertos del Observatorio de Justicia Gratuita del CGAE que habla de pretensiones irrelevantes. Son pocos casos y está excluida la jurisdicción penal.
Transmite el respeto y admiración por los 36.000 abogados del Turno de Oficio que prestan un servicio público de calidad. Agradece su importantísima labor y que hagan más esfuerzos.
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Finalmente, el MINISTRO DE JUSTICIA interviene para agradecer al Grupo Parlamentario Popular su apoyo y a los Grupos Parlamentarios que lo han criticado, pues su partido es el que extiende el derecho a víctimas y asociaciones.
En la votación, fueron rechazadas todas las enmiendas a la totalidad, por lo que pasan a tramitarse las enmiendas parciales en Comisión.
ÁNGEL FRANCISCO LLAMAS LUENGO
Abogado - Presidente CEAT
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