Con el eufemístico término de módulos y bases de compensación económica, se establecen en los Boletines Oficiales de las distintas Comunidades Autónomas, un sistema de retribución del trabajo profesional realizado por los Abogados de Oficio, que demás de manifiestamente insuficientes para ganarse el sustento con este servicio público, introducen discriminaciones al retribuir de manera distinta por el mismo trabajo realizado, en función del territorio en el que se preste. Desde la Confederación abogamos claramente y nunca mejor dicho por una Ley de Armonización que ponga freno a la discriminación que esto supone.
Si en el listado no encuentras tu correspondiente "compensación económica" o se encuentra desfasada, o el enlace está roto, ponte en contacto con nosotros y lo solucionaremos en breve.
A NIVEL ESTATAL.-
Real Decreto 1455 de 2 de diciembre de 2005, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita aprobado por Real Decreto 996 de 25 de julio de 2003.
A NIVEL AUTONÓMICO.-
ANDALUCIA.-
Orden de 9 de marzo de 2009, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio.
Orden de 16 de abril de 2010, por la que se modifican los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio, aprobados mediante Orden de 9 de marzo de 2009.
Si en el listado no encuentras tu correspondiente "compensación económica" o se encuentra desfasada, o el enlace está roto, ponte en contacto con nosotros y lo solucionaremos en breve.
A NIVEL ESTATAL.-
Real Decreto 1455 de 2 de diciembre de 2005, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita aprobado por Real Decreto 996 de 25 de julio de 2003.
A NIVEL AUTONÓMICO.-
ANDALUCIA.-
Orden de 9 de marzo de 2009, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio.
Orden de 16 de abril de 2010, por la que se modifican los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio, aprobados mediante Orden de 9 de marzo de 2009.
ASTURIAS.-
Decreto 273/2007, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias. Modulos y bases de compensación.
ARAGÓN .-
Convenio de colaboración institucional entre el Gobierno de Aragón y el Consejo de Colegios de Abogados y Procuradores de Aragón de 4 de mayo de 2009.
CANARIAS.-
ORDEN de 29 de julio de 2010, por la que se establecen disposiciones de aplicación de módulos y bases de compensación económica de asistencia jurídica gratuita y se aprueban modelos normalizados.
CATALUÑA.-
Resolución JUS/1681/2005, de 31 de mayo, de desarrollo del Decreto 252/1996 y de aprobación de los módulos de compensación económica para las actuaciones profesionales de los abogados en materia de asistencia jurídica gratuita para el año 2005 (DOGC de 3 de junio de 2005).
Acuerdo de colaboración entre el Departamento de Justicia y el Consejo de Abogados de Cataluña. Modulos de compensación económica para el 2009.
MADRID.-
Decreto 86/2003 de 19 de junio por el que se regula la Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid.Módulos y bases de compensación económica.
NAVARRA.-
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